Ley 19.880


Plazo para interponer reclamación contra la DGA se computa con sujeción a lo establecido en la Ley 19.880 y no conforme al Código de Procedimiento Civil, resuelve la Corte Suprema.

6 de agosto de 2024
El máximo Tribunal sostuvo que el plazo para presentar una reclamación contra una resolución exenta dictada por la Dirección General de Aguas debe computarse conforme a la Ley Nº 19.880, que regula los procedimientos administrativos, en lugar del Código de Procedimiento Civil. Destacó que el plazo de treinta días señalado en el artículo 137 del Código de Aguas es parte del ámbito administrativo y no jurisdiccional.

Audios, capturas de conversaciones, mensajes e imágenes enviados o recibidos en plataformas de mensajería instantánea o redes sociales, pueden utilizarse como medios de prueba en los sumarios administrativos independiente del Estatuto que rija al funcionario investigado.

16 de diciembre de 2022
Dictamina el Contralor que en la medida que uno de los intervinientes de la recepción, envío o conversación los entregue voluntariamente en un proceso sumarial con dicha finalidad, y pueda acreditarse que se refieren o dicen relación con la presunta víctima o el presunto victimario se deben valorar como medios de prueba en sumarios administrativos.
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