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Una pequeña crítica que se puede hacer es que esta ley está hecha en términos binarios, es decir, la persona sólo podría identificarse como hombre o mujer, restringiendo la identidad de género en esta dicotomía a pesar de que se trata de un derecho que se refiere al núcleo identitario de la persona y, por tanto, un aspecto subjetivo del ser.
20 de julio de 2024