La Ley N° 21.325, de Migración y Extranjería, publicada el 20 de abril de 2021, permite a los extranjeros que ingresaron al país antes del 18 de marzo de 2020 y que se encuentran en situación migratoria irregular, solicitar un visado de residencia temporal sin sanciones, siempre que no cuenten con antecedentes penales. La Resolución Exenta N° 1769 complementa esta normativa al especificar que la ausencia de antecedentes penales, tanto en el país de origen como en Chile, es un requisito indispensable para acceder al proceso de regularización establecido en la ley.
Ley de Migración y Extranjería
Proyecto de reforma constitucional modifica la Carta Fundamental para establecer mayores requisitos para que los extranjeros queden habilitados para votar en las elecciones.
Expulsión de ciudadano venezolano que ingresó por paso no habilitado se ajusta a derecho: permisividad en fronteras no justifica alteración de normativa, resuelve la Corte Suprema.
Corte Suprema emite informe sobre proyecto de ley que modifica la Ley de Migración y Extranjería, y otros cuerpos legales, en las materias que indica.
Corte Suprema emite informe que modifica la Ley de Migración y Extranjería en materia de regularización migratoria, procedimiento de expulsión y otra que indica.
Resulta pertinente reiterar las observaciones que esta Corte Suprema ya manifestó previamente al informar los diversos proyectos que concluyeron en la dictación de Ley N°21.325, destacando que la presente modificación mantiene un vacío en torno a la doble instancia, pues no estatuye un recurso de apelación para impugnar lo que resuelva la Corte de Apelaciones respectiva.
Proyecto de Ley de Delito de Ingreso Clandestino, por Gabriela Hilliger Carrasco y Constanza Castillo.
La propuesta significa un retroceso respecto a lo consensuado en la elaboración de la ley 21.325, que establece en su artículo 9° el principio de no criminalización de la migración irregular.
Sancionarán el ingreso clandestino al territorio nacional.
El proyecto, ahora despachado al Senado, castiga con presidio dicha conducta y, luego de cumplida la pena, fija la expulsión del extranjero, salvo ciertas excepciones.
Sobre la Ley de Migración y Extranjería.
Corresponde al Estado de Chile decidir a quién admitir en su territorio. A todo extranjero que solicite el ingreso o un permiso de residencia en el país, se asegurará la aplicación de un procedimiento racional y justo para la aprobación o rechazo de su solicitud.
Comenzó debate de proyecto sobre procedimientos administrativos de expulsión.
La iniciativa radicada en la Comisión de Gobierno Interior contempla facilitar el inicio del procedimiento administrativo de expulsión de extranjeros, estableciendo la posibilidad de utilizar carta certificada o correo electrónico para notificar al afectado.
Procedimientos administrativos de expulsión: senadores despachan a la Cámara norma que agrega formas alternativas de notificación.
Durante el debate se hizo presente la “grave crisis migratoria” que enfrenta el país, principalmente en la zona norte. En la oportunidad se respaldó el mensaje que incorpora en la primera notificación requerida para el inicio del proceso administrativo de expulsión, notificaciones por carta y por correo electrónico.
Procedimientos administrativos de expulsión: despachan a Sala del Senado norma que agrega formas alternativas de notificación.
El mensaje –aprobado por la Comisión de Gobierno- incorpora en la primera notificación requerida para el inicio del proceso administrativo de expulsión, la notificación por carta y la notificación por correo electrónico.