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Es condenada por infracción a los artículos 3 y 12 de la Ley 19.496 por falta de información clara y suficiente proporcionada a la consumidora respecto a la cláusula penal y la política de devolución del dinero. No detalló adecuadamente las condiciones de desistimiento, ni explicó las restricciones que afectaban la devolución de los montos pagados. Tal omisión impidió a la consumidora tomar decisiones informadas sobre sus derechos, vulnerando las disposiciones legales que protegen la transparencia y equidad en las relaciones de consumo.