La Corte Suprema resolvió que, al no acreditarse el ejercicio efectivo de una actividad terciaria gravada ni la prestación de servicios a terceros, los sentenciadores incurrieron en un error al basarse solo en el objeto social de la ejecutada para establecer el hecho gravado, vulnerando el principio de reserva legal en materia tributaria.
Ley de Rentas Municipales
Cobros de derechos de aseo: proponen que deuda caduque en tres años.
Permiso de circulación: ¿En qué consiste este permiso municipal anual y las modalidades de pago?
Cobro de patente municipal a sociedad de inversión pasiva es improcedente por carecer de causa.
Municipalidad de Puerto Varas debe entregar de forma gratuita permisos de edificación y recepción final de obras de urbanización ejecutadas fuera de su radio urbano durante la última década.
No se ajusta a los principios rectores de la Transparencia, como a la normativa expresa en la materia extender el alcance de la Ley de Rentas Municipales para cobrar por información que se encuentra disponible en las Direcciones de Obras Municipales.
Norma que establece el interés penal aplicable por el pago tardío de patentes municipales, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
Monto de derechos municipales fue aumentando unilateralmente por el municipio en términos desproporcionados transformándose en una sanción automática por conductas que no le son imputables, lo que vulnera la igualdad ante la ley, el derecho de propiedad, entre otras garantías constitucionales del requirente.
Cobro de patente municipal a empresas de inversión que no ejerzan una actividad lucrativa secundaria o terciaria es improcedente, resuelve la Corte Suprema.
En artículo 23 de la Ley de Rentas Municipales no establece el cobro de patente a actividades lucrativas genéricas, en atención al principio de tributación que impide gravar un patrimonio por el solo hecho que exista.
Municipio actúa legalmente si no otorga patente provisoria para operar máquinas de juegos de azar si así lo prescribe la Ordenanza que regula la materia.
El artículo 26 de la Ley de Rentas Municipales autoriza a los municipios otorgar patentes provisorias siempre que la ordenanza dictada al efecto lo permita para el giro específico, por tanto, si dicha ordenanza lo prohíbe, el ente edilicio que niega la patente actúa conforme a la ley.
Devolución de los montos pagados por sociedad no afecta al pago de patente comercial municipal no es procedente, resuelve la Corte de Santiago.
No se advierte vicio de ilegalidad que justifique la devolución de lo pagado por contribución de patente comercial, máxime si se tiene presente que ha sido la reclamante quien pagó –sin objetar- las cuotas comprendidas entre julio de 2018 y enero de 2020 que ahora desconoce.
La cosecha de nueces es una actividad extractiva no gravada con el tributo por lo que no está afecta al pago de patente comercial.
El artículo 23 del DL N°3.063 establece que quedan gravadas con el impuesto de patente municipal las actividades lucrativas secundarias y terciarias, además de las primarias o extractivas, siempre que medie algún proceso de elaboración de productos, aun cuando tal proceso se realice en el mismo predio.
Cobro de patente municipal efectuado a sociedad de inversiones se ajustó a lo preceptuado en el artículo 23 de la Ley de Rentas Municipales.
Para arribar a la conclusión de que se ha producido una errónea interpretación de la ley es necesario explicar y denunciar como infringidas las disposiciones legales sustantivas de interpretación establecidas en los artículos 19 y siguientes del Código Civil.
Sociedades pasivas no son objeto de cobro de patente municipal al no realizar una actividad gravada por la Ley de Rentas Municipales.
El Municipio de Lo Barnechea intentó cobrar más de 200 millones de pesos en deudas de patente municipal.
CS acoge recurso de protección contra Municipalidad de Pirque por decretar clausura y eventual desalojo de un centro de rehabilitación terapéutica.
La Municipalidad otorgó efecto de imperio a un acto administrativo de rango infralegal que escapa de sus facultades.