De la sola lectura de las normas denunciadas se advierte la utilización de la conjunción disyuntiva “u”, que importa la alternativa entre una o más opciones; esto es, lo que se sanciona es negarse injustificadamente a someterse a pruebas respiratorias “u” otros exámenes científicos, todos con la misma finalidad: “establecer la presencia de alcohol en el cuerpo.
Ley de Tránsito
Aun cuando se lo condenó por tres delitos de conducción en estado de ebriedad sin haber obtenido licencia de conducir, no procede cancelar definitivamente su licencia si el imputado gozaba de irreprochable conducta anterior.
Comisión aprobó en general proyectos que abordan nuevos delitos o agravantes.
Proyecto de ley modifica la Ley de Tránsito para consagrar como inhabilidad para la obtención de licencias de conducir profesional, contar con antecedentes penales por delitos de connotación sexual.
Ley que establece un nuevo marco de financiamiento e introduce mejoras al transporte público, fue publicada en el Diario Oficial.
Crea un subsidio de cargo fiscal destinado a compensar las diferencias entre ingresos y costos de operación de los servicios de transporte público remunerado de pasajeros, con el objeto de promover su uso e introducir mejoras en las condiciones de calidad y seguridad en la provisión de este servicio.
No respetar un signo “Pare” habilita a Carabineros a efectuar un control y registro de vehículo.
El acusado viajaba como copiloto, y fue registrado por los agentes de Carabineros que observaron cuando el conductor del vehículo en que aquel se desplazaba no respetó el signo pare, encontrando en poder del encartado cocaína, marihuana y éxtasis.
Proyecto de ley modifica la Ley de Tránsito para combatir el robo de vehículos estableciendo la obligación de registrar el ingreso y salida de vehículos motorizados en recintos de acceso público.
La idea propuesta ha sido implementada satisfactoriamente por parte de algunos municipios, los cuales han firmado convenios con empresas privadas y con la Subsecretaría de Prevención del Delito a fin de contar con portales detectores de patentes, lo que se estima ha repercutido favorablemente en prevenir crímenes y delitos como robo de automóviles.
Proyecto de ley modifica la Ley de Tránsito y el Código del Trabajo para obligar a las empresas de transporte a realizar controles preventivos del consumo de alcohol y drogas a sus conductores.
Existe un serio desafío en materia de seguridad vial, ya que el consumo de drogas mientras se conduce puede tener consecuencias iguales o más peligrosas que el alcoholismo. La alteración del estado de conciencia y la disminución de reflejos que producen algunas drogas pueden aumentar significativamente el riesgo de accidentes de tránsito.
Proyecto de ley modifica la Ley de Tránsito con el objeto de exceptuar de la obligación de informar las placas patentes de vehículos de las Fuerzas de Orden y Seguridad Pública que intervengan en operaciones de vigilancia encubierta.
Los vehículos que no portan identificación institucional, mediante logos o distintivos, y que se destinan para que sus funcionarios cumplan labores de vigilancia encubierta, no pueden quedar expuestos a que sus placas patentes sean públicas mediante la obtención de los datos de las mismas a través de plataformas digitales, ya que en ese caso se frustrarían las labores operativas que dichos servidores se encuentran ejecutando.
Proyecto de ley modifica la Ley de Tránsito para regular la destrucción de especies ilícitas que provengan del comercio ilegal.
Entre las externalidades negativas que más asocian las personas al comercio ilícito destacan la suciedad, aglomeración y delincuencia, que aun cuando no figura como un efecto intencional, es lo más intolerable e influye en la percepción negativa del comercio ambulante informal.
Condenas por el delito de conducción en estado de ebriedad es anterior a la Ley “Tolerancia cero”, por lo que no se puede cancelar la licencia de conducir al encartado; solo suspenderse por el lapso de 2 años.
No se configura vulneración al principio de irretroactividad de la ley penal dado que, si bien, los delitos que han sido considerados fueron cometidos con anterioridad a la vigencia del artículo 196 del Código Penal, cuando el encartado comete el delito que dio origen a la presente causa, ya tenía pleno conocimiento de los efectos de incurrir en la conducta típica, refiere el voto en contra.
Si no existe contraorden de arresto se amenaza la libertad personal, desde que deja en la incertidumbre al conductor de ser detenido, pese a que pagó la multa en causa diversa por la misma infracción de tránsito.
El Juzgado recurrido debió emitir pronunciamiento respecto a la doble sanción impuesta al amparado, a fin de determinar la vigencia y/o mantención o en su caso el cese de la orden de detención despachada en su oportunidad.
Proyecto de ley modifica la Ley de Tránsito para eliminar la obligación de grabado de patentes en vidrios y espejos laterales de vehículos motorizados.
No existe evidencia suficiente de que esta imposición que impacta directamente en el bolsillo de la ciudadanía, sea efectiva para disminuir los robos de vehículos.
Hipótesis contempla el artículo 196 bis numeral 2° de la ley de Tránsito está referida a un delito singular, por lo que no procede aplicar la pena conforme a ella si se trata de un concurso ideal de delitos.
La intención del legislador fue establecer un trato más severo para el conductor ebrio que causa resultados graves, como es el caso de la muerte o lesiones graves gravísimas de sus víctimas, y precisamente por ello deja vedado al tribunal la posibilidad de tomar en consideración lo dispuesto en los artículos 67, 68 y 68 bis del Código Penal en dichos eventos.