Acogió la reclamación al considerar que las comunicaciones generadas desde casillas institucionales, en el ejercicio de funciones públicas, deben considerarse públicas, conforme al principio de transparencia establecido en la Ley 20.285 y la Constitución. Puesto que se utilizan con presupuesto público y en cumplimiento de competencias estatales, su acceso es fundamental para garantizar la transparencia y evitar la creación de canales secretos que obstaculicen el control ciudadano.
Ley de Transparencia
Gendarmería debe entregar actas e informes sobre internos a defensor público que las requirió para ejercer adecuada defensa penitenciaria, resuelve la Corte de Santiago.
Corte de Santiago ordena entrega evaluación docente solicitada por ley de transparencia.
No procede la entrega de información solicitada al Ministerio Público por ley de transparencia que incide en investigación penal.
Registro Civil no se encuentra obligado a proporcionar información estandarizada y procesada acerca del Registro Nacional de Deudores de alimentos.
No se comprende dentro de la obligación atingente a la transparencia de la información pública, un procesamiento, estandarización, unificación, elaboración, manejo o comparación de datos ordenados de acuerdo a la necesidad del requirente, a menos que dentro de las funciones del servicio se encuentre dicha tarea.
Información referida a organización comunitaria Lo Barnechea Servicios solicitada por Ley de Transparencia debe ser entregada por el Municipio del cual depende.
En fallo unánime, la Corte de Santiago acogió el reclamo de ilegalidad deducido por un periodista y le ordenó a la Municipalidad de Lo Barnechea entregar la nómina de trabajadores y/o prestadores que se desempeñan en la organización comunitaria Lo Barnechea Servicios, solicitada por ley de transparencia.
Corte de Santiago ordena al Ministerio de Educación entregar información solicitada por ley de transparencia sobre pruebas de evaluación de profesores.
En fallo unánime desestimó que la información solicitada tenga el carácter de reservada y, además, consideró que los nuevos sistemas de evaluación y categorización de los profesionales de la educación, reviste un evidente interés público.
Información de dominios inscritos en “Nic.cl, es pública, resuelve la Corte Suprema.
Si la información solicitada se encuentra en bases de datos, se cumple con la obligación de transparencia, en la medida que se entreguen esas bases de datos, no siendo obligación del servicio sistematizar la misma conforme la particular solicitud que haga el requirente.
Corte de Santiago confirma resolución que ordena entregar información sobre la Corporación Municipal de Desarrollo Urbano de Colina solicitada por ley de transparencia.
La Octava Sala del tribunal de alzada descartó que la información solicitada a la Municipalidad de Colina tenga el carácter de reservada.
Corte de Santiago rechaza reclamo de ilegalidad presentado por INDH en contra del Consejo para la Transparencia.
La Novena Sala de del tribunal de alzada confirmó la resolución impugnada, adoptada por el Consejo para la Transparencia (CPLT), tras establecer que la recurrida actuó dentro de sus competencias legales.
Corporación Cultural de Las Condes se encuentra sujeta a la Ley de Acceso a la Información Pública, resuelve la Corte Suprema.
Su estructura y fines van dirigidos a ejecutar una función de servicio público respecto de la cual la Municipalidad está obligada a cumplir, pero que la misma ley, le permite hacerlo indirecta y/o conjuntamente con los privados, como una manera de afianzar, la idea de participación ciudadana.
Información de la secuencia genética (ARNm) de la vacuna Pfizer no es información que pueda ser develada vía transparencia. Decide el CPLT.
Su publicidad afectaría los derechos comerciales y económicos del Laboratorio BioNTech, según lo dispuesto en el artículo 21, N°2, de la Ley 20.285.
Corte de Santiago confirma resolución que ordenó al Servel entregar información sobre representantes legales y/o delegados de cada organización de la sociedad civil registrada en la entidad, solicitada por Ley de Transparencia.
El Tribunal de alzada descartó que la información solicitada por ley de transparencia tenga el carácter de reservada o secreta.
Corte de Santiago acoge parcialmente reclamación y ordena al SII entregar información solicitada sobre inicio de actividades de empresas.
El Tribunal de alzada estableció que se debe mantener bajo reserva solo la información respecto al número de trabajadores de dichas empresas, información que, por lo demás, no está en poder del SII.