Multitienda que ante la falta de stock anuló la compra y emitió una nota de crédito por el precio que pagó el consumidor antes de interponerse la denuncia no incurre en infracción a la Ley del Consumidor.
El actor basó su arbitrio en que el proveedor había anulado unilateralmente la compra realizada, sin embargo, el Tribunal constató que, en la instancia administrativa ante el SERNAC, expresó su conformidad con la solución ofrecida por la tienda.