Ley Emilia

Hipótesis contempla el artículo 196 bis numeral 2° de la ley de Tránsito está referida a un delito singular, por lo que no procede aplicar la pena conforme a ella si se trata de un concurso ideal de delitos.

La intención del legislador fue establecer un trato más severo para el conductor ebrio que causa resultados graves, como es el caso de la muerte o lesiones graves gravísimas de sus víctimas, y precisamente por ello deja vedado al tribunal la posibilidad de tomar en consideración lo dispuesto en los artículos 67, 68 y 68 bis del Código Penal en dichos eventos.

27 de abril de 2024

Ley Emilia: Sobre la responsabilidad del conductor en accidentes de tránsito.

29 de septiembre de 2023
En un accidente en que una persona resulte con lesiones, si el conductor no se detiene y no avisa a la autoridad, recibirá una sanción de presidio menor en su grado medio (541 días a tres años de presidio), inhabilidad perpetua para conducir vehículos de tracción mecánica y multa de siete a diez unidades tributarias mensuales.

Rechazo de abono en el primer año de cumplimiento de pena efectiva por delito de manejo en estado de ebriedad con resultado de muerte, es confirmado por la Corte Suprema.

17 de mayo de 2023
Por mandato del artículo 196 ter de la Ley Nº18.216, las penas sustitutivas se suspenden por el plazo de un año, y el abono solicitado a dicho año por el tiempo en que el acusado permaneció cumpliendo la cautelar de arresto domiciliario parcial, sólo puede computarse al tiempo restante de condena una vez finalizado el primer año de cumplimiento efectivo de la condena.
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