Ley N° 21.325


Revocación tácita de la residencia definitiva debe resolverse consideranado el plazo vigente al momento de volver a ingresar al país, resuelve la Corte Suprema.

24 de diciembre de 2024
Resolvió que la situación fáctica del actor debe analizarse bajo la perspectiva del artículo 83 de la Ley N° 21.325 que señala: “La residencia definitiva quedará tácitamente revocada al ausentarse su titular del país por un plazo continuo superior a dos años, salvo que el interesado solicite, antes del término de dicho plazo, la prórroga de tal residencia ante el consulado chileno respectivo, la cual se otorgará por una sola vez y tendrá una vigencia de dos años”.

Expulsión de extranjero que solicitó regularizar situación migratoria pero no cumple el requisito de presentar certificado de antecedentes exento de anotaciones penales se ajusta a derecho.

14 de octubre de 2024
La Ley N° 21.325, de Migración y Extranjería, publicada el 20 de abril de 2021, permite a los extranjeros que ingresaron al país antes del 18 de marzo de 2020 y que se encuentran en situación migratoria irregular, solicitar un visado de residencia temporal sin sanciones, siempre que no cuenten con antecedentes penales. La Resolución Exenta N° 1769 complementa esta normativa al especificar que la ausencia de antecedentes penales, tanto en el país de origen como en Chile, es un requisito indispensable para acceder al proceso de regularización establecido en la ley.

Acto administrativo que dispuso expulsión de ciudadana venezolana sin considerar arraigo familiar y madre de un hijo chileno nacido antes del inicio de procedimiento sancionatorio, carece de la debida fundamentación.

19 de septiembre de 2024
Resolvió que el hecho de que la actora sea madre de un niño chileno, nacido con anterioridad al inicio del procedimiento sancionatorio y a la dictación de la resolución de expulsión, constituye una circunstancia sobreviniente que altera las consideraciones que debieron servir de fundamento para adoptar la decisión. Esta omisión en la fundamentación suficiente implica que el acto administrativo impugnado se encuentra viciado por una ilegalidad sobreviniente.
Moción.

Proyecto de ley busca facilitar el reconocimiento y revalidación de títulos y grados académicos obtenidos en el extranjero.

La moción busca enmendar la Ley Nº 21.325, sobre migración y extranjería, para ampliar las instituciones universitarias que podrán reconocer y revalidar títulos y grados académicos obtenidos en el extranjero a las universidades reconocidas por el Estado, y que fija un plazo de seis meses para dictar el reglamento. En caso contrario, las universidades reconocidas por el Estado con un mínimo de cinco años de acreditación podrán hacerlo.

10 de febrero de 2024
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