Ley N°19.496

Agencia de viajes no tiene responsabilidad en cancelación de vuelo por restricciones COVID-19, al haber cumplido con sus obligaciones de información y auxilio a sus clientes.

La Corte concluyó que la agencia de viajes cumplió con sus obligaciones al informar a los pasajeros con más de diez días de anticipación sobre la necesidad de contactar al consulado para recibir ayuda en su regreso, lo cual los actores no hicieron hasta el día anterior al vuelo cancelado. Además, se les ofreció la opción de adelantar el retorno bajo el pago de penalidades, opción que fue rechazada. La Corte también tuvo en cuenta que la agencia realizó gestiones con la aerolínea para obtener el reembolso, lo cual no prosperó.

15 de diciembre de 2024

Corte de Santiago condena a tienda a pagar multa de 100 UTM por infracción a Ley de Protección al Consumidor, al negar atención a diputada Camila Flores en razón de su orientación política.

9 de diciembre de 2024
Los hechos ocurren en diciembre de 2019, cuando las movilizaciones sociales y la alteración del orden público estaban en su punto álgido, lo que contribuyó a un ambiente de polarización política. En este escenario, la diputada fue objeto de una negativa de atención por parte de los empleados del comercio denunciado.

Institución educacional que ofreció curso para ejercer como asistente de párvulos sin contar con reconocimiento del Ministerio de Educación, incurre en publicidad engañosa.

25 de noviembre de 2024
La publicidad del curso indujo a error al presentar a la institución como capaz de habilitar a los estudiantes para desempeñar funciones en entidades educativas donde no podían ser contratados, vulnerando lo dispuesto en la Ley N° 19.496. Se determinó que la falta de transparencia en la información brindada, junto con la asimetría de conocimiento entre la institución y la consumidora, configuraron la infracción.

Proyecto de ley restringe el número de comunicaciones publicitarias y promocionales permitidas diariamente.

17 de octubre de 2023
Ante el creciente malestar de los consumidores por la avalancha de publicidad no deseada en sus dispositivos móviles, se propone modificar la Ley sobre protección de los derechos de los consumidores para establecer límites en la cantidad y el horario de las comunicaciones publicitarias a través de llamadas telefónicas, mensajes de texto y correos electrónicos, con el objetivo de aliviar la interrupción en la rutina diaria de las personas y respetar su privacidad.
Ley N°21.081.

Denuncia por infracción a la ley del consumidor en contra de tienda comercial es rechazada por haberse interpuesto con anterioridad a las facultades que le otorga la ley.

La Ley N°21.081 que entrega facultades de fiscalización al SERNAC, establece en un artículo transitorio un cronograma para la entrada en vigencia de esa ley, pudiendo ejercerse labores de fiscalización en la Región de la Araucanía sólo después de 18 meses de publicada la ley en el Diario Oficial.

11 de septiembre de 2022
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