La aplicación del artículo 141 del Código Procesal Penal a un imputado adolescente, no se hace por analogía como lo postula la defensa, sino con estricto apego a la aplicación supletoria que consagra el artículo 27 de la ley 20.084.
Ley N°20.084
Condenas previas como adolescente no pueden ser consideradas para agravar la pena de un imputado adulto.
El régimen de penas sustitutivas de la Ley N°18.216 no es aplicable a las sanciones impuestas a los adolescentes, resuelve Corte de Talca.
Declarar la prescripción de la acción penal no procede por vía de acción de amparo y debe plantearse a través de los procedimientos ordinarios.
Fiscalía agotó su derecho a impetrar la ampliación del plazo de investigación respecto de un adolescente sujeto a una medida cautelar personal, lo que afecta su libertad personal.
El actuar del tribunal vulnera los derechos fundamentales establecidos en la Constitución, los Tratados Internacionales ratificados por Chile y que se encuentran vigentes, especialmente la Convención de los Derechos del Niño y los principios inspiradores de la Ley N°20.084.
Ministerio Público puede solicitar ampliar el plazo de la investigación que involucre a un adolescente las veces que estime conveniente mientras se encuentre dentro del lapso de seis meses.
Solo una vez transcurrido dicho término queda limitado para pedirlo por una sola vez y hasta por dos meses.
Aumento del plazo de la investigación en más de una oportunidad respecto de adolescentes, impide que sean juzgados dentro de un plazo razonable, lo que afecta sus derechos.
Impedir a la Fiscalía la obtención de las pericias, como se pretende utilizando este recurso, equivale a privar ilegalmente de la prueba de cargo al Ministerio Público, fuera de las hipótesis previstas en el artículo 277 del Código Procesal Penal, informa el recurrido.
Resolución que amplió el plazo de investigación de una causa llevada en contra de un adolescente, será conocida por la vía de un recurso de amparo.
Con el objeto de resguardar las garantías y derechos fundamentales del adolescente, por presunta infracción a lo estipulado en el artículo 38 de la ley 20.084.