Libertad de información

Publicación en El Mercurio Legal y sitio web de la UDD referida a una demanda contra el Fisco en que se mencionan antecedentes penales eliminados del actor, no lesiona su derecho a la honra y se ampara en la libertad de opinión e información.

El Mercurio Legal no ha hecho otra cosa que ejercer su derecho a informar y que, por lo demás, ha dado cuenta de un hecho que es público. Por su parte, la UDD y, específicamente los profesores aludidos, no han hecho otra cosa más que ejercer su derecho de opinión sobre una acción civil, la que el propio recurrente basó en los antecedentes que ahora relata relativo a una anotación prontuarial, que luego fue eliminada conforme al DL 409 de 1932.

24 de enero de 2025

Iglesia Evangélica no puede impedir acceso del personal de una radio a la planta transmisora situada al interior del inmueble, resuelve la Corte de Santiago.

19 de octubre de 2024
La legislación contempla los procedimientos correspondientes para obtener de la judicatura, en su caso, el reconocimiento del derecho que pueda invocarse y, mientras ellos no sean ejercidos y dispuesto lo pertinente por la jurisdicción, no resulta lícito a la recurrida, por si y ante sí, valerse de vías de hecho para zanjar la disputa que mantiene con la actora.

Artículo periodístico que afirma que abogado fue detenido sin haberlo sido no puede considerarse como simple error circunstancial y menoscaba el derecho al honor del afectado.

17 de marzo de 2024
Tratándose de un conflicto entre el derecho al honor del demandante y la libertad de información en la que dicen ampararse los demandados, y no cuestionándose la relevancia pública de los hechos sobre los que versaba la información, lo determinante para decidir si la conducta de los demandados que afectó negativamente al honor del demandante resultó amparada por el ejercicio legítimo de la libertad de información es valorar si la información fue veraz.
Requerimiento de inaplicabilidad.

Normas que tipifican el delito de injuria y los delitos de calumnia e injuria cometidos a través de cualquier medio de comunicación social, se impugnan ante el Tribunal Constitucional.

El requirente alega que las normas legales objetadas infringen la igualdad ante la ley, la igual protección en el ejercicio de los derechos, la libertad de emitir opinión y la de informar, sin censura previa, y los principios de proporcionalidad y de legalidad, desde que podría verse afectada su libertad ambulatoria, lo cual infringe los tratados internacionales, pues los reportajes dicen relación con actos de corrupción en la Municipalidad de Talcahuano, por lo que son cuestiones de interés público.

4 de diciembre de 2023
Requerimiento de inaplicabilidad se acoge a trámite.

Norma que tipifica el delito de injurias graves se impugna por el condenado ante el Tribunal Constitucional en causa seguida en su contra por el periodista Iván Núñez.

El requirente alega que las normas legales objetadas infringen la libertad de expresión y de opinión, el principio de legalidad, la igualdad ante la ley, ya que no existe ninguna explicación para otorgar mayor gravedad a dichos que se refieren a una persona que detenta reconocimiento público por ser periodista en relación a otra común y corriente.

8 de noviembre de 2023
Recurso de protección rechazado por Corte de Rancagua

Noticia que informó sobre procedimientos judiciales de Consejera Constitucional, no vulnera su derecho a la intimidad y a la honra por tratarse de un asunto de interés público.

Lo planteado en el recurso no dice relación con la inexactitud o falsedad de la noticia. Lo que se pretende es que se reconozca el denominado “derecho al olvido”, que no está reconocido explícitamente en nuestro orden constitucional.

22 de septiembre de 2023
Recurso de casación rechazado.

Canal de televisión no vulneró el derecho al honor de los nietos de Franco por reportaje en el que se deslizó que los bienes heredados de su abuelo éste los adquirió ilícitamente, resuelve Tribunal Supremo de España.

La veracidad no supone la exigencia de una rigurosa y total exactitud en el contenido de la información, de modo que puedan quedar exentas de toda protección o garantía constitucional las informaciones erróneas o no probadas.

23 de febrero de 2023