TC deberá pronunciarse sobre el fondo de inaplicabilidad de norma que permite ejercicio libre de profesión Optómetra sin necesidad de convalidación, ante negativa de inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Salud.
Luego de que la Sala designada por el Presidente del TC declara la admisibilidad del requerimiento deducido, le corresponde al Tribunal Pleno, en definitiva, emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.