Dado que la frase impugnada conlleva una restricción del derecho a la libertad en contraposición con la prevención de la sola seguridad vial, es decir, en la que no han resultado afectados per se derechos como la vida, la integridad o la salud, etc. de otro individuo, esta Corte considera que no se cumple con el criterio de proporcionalidad.
28 de febrero de 2024