Libertad de expresión

Opinión.

Lloyd Corp. v Tanner y los deberes mediatos Prima Facie, por Alexander P. Espinoza Rausseo y Jhenny de Fátima Rivas Alberti.

Desde el punto de vista de la teoría de los derechos constitucionales cuestionaremos la tradicional aproximación de los efectos verticales entre el titular del derecho y el Estado. El recurso a la figura del Estado parece haber impedido apreciar que el correlativo de los derechos prima facie son los deberes prima facie, cuya responsabilidad corresponde a todos nosotros, los miembros de una sociedad y, de acuerdo con el principio de reciprocidad, a todo ciudadano de forma mediata. Tampoco se trata de efectos horizontales, dado el carácter mediato de los deberes prima facie.

24 de octubre de 2024
Exhorta al Estado, en particular al Poder Ejecutivo.

RELE advierte sobre proyecto de ley que limita la libertad de asociación en Paraguay.

El pasado 9 de octubre, la Cámara de Senadores del Congreso de Paraguay aprobó, con modificaciones realizadas por el Ejecutivo, el proyecto de ley “que establece el control, la transparencia y la rendición de cuentas de las organizaciones sin fines de lucro”. La norma abarcaría a entidades que reciban o administren “fondos públicos o privados”, tanto nacionales como internacionales, y que busquen influir en las “políticas, planes y programas públicos”, así como en “la actividad de los Poderes del Estado” y otras entidades gubernamentales.

21 de octubre de 2024
Denuncia fallos de seguridad en el servicio de transporte.

Rusia vulneró la libertad de expresión de un oficial de policía y un sindicalista sancionados por denunciar hechos de corrupción, resuelve el TEDH.

Al sopesarse el daño causado al empleador del demandante con el interés del público en recibir la información divulgada a la prensa por éste, la exactitud de los hechos divulgados y la severidad de la sanción impuesta, se aprecia que la interferencia en la libertad de expresión del actor no fue necesaria en una sociedad democrática.

18 de octubre de 2024
Periódico francés Le Monde.

Ejecución de sentencia dictada por tribunales españoles contra periodista francés por difamar al club Real Madrid vulnera la libertad de prensa, resuelve el TJUE.

La ejecución de una sentencia que condena a un periódico y a uno de sus periodistas por el menoscabo de la reputación de un club deportivo debe denegarse en la medida en que entrañe la vulneración manifiesta de la libertad de prensa garantizada por la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea.

8 de octubre de 2024
Envió correos electrónicos para denunciar el hecho.

Profesor que “funó” a director por “regalar” notas a alumnos privilegiados no incurrió en injurias y calumnias, resuelve el Tribunal Supremo de España.

Los escritos se difundieron con la intención de denunciar unas decisiones que el acusado consideraba abusivas e injustificadas, sin que estuvieran impulsadas por la intención de menoscabar el honor del recurrente. De ese modo, se enfatiza que, aunque los hechos pudieran llegar a erosionar objetivamente el derecho al honor del recurrente, la actuación del acusado estuvo amparada por el ejercicio de su derecho a la libertad de expresión.

3 de octubre de 2024
Páginade 36