Libre tránsito

Instalación de cierre perimetral y portón metálico que impide el acceso al loteo de parcelas del recurrente es un acto de autotutela ilícito.

La conducta descrita es ilegal, toda vez que se ejerció un acto de autotutela, proscrito por nuestro ordenamiento, ya que la legislación contempla los procedimientos correspondientes para obtener de la judicatura el reconocimiento del derecho que pueda invocarse y, mientras no sean ejercidos y dispuesto lo pertinente por los órganos jurisdiccionales, no resulta lícito a la recurrida valerse de vías de hecho para zanjar cualquier disputa, alterando el statu quo anterior.

25 de enero de 2025

Instalación de obstáculos que impiden el tránsito por el único camino de acceso a los inmuebles de los recurrentes, constituye un acto de autotutela ilícito.

7 de enero de 2025
La instalación de obstáculos, como cadenas y un estanque de agua, alteran el statu quo preexistente, lo cual perturba el acceso al predio de los recurrentes y se afecta su derecho al libre tránsito, constituyéndose la recurrida en árbitro de sus propios intereses, al margen del ejercicio de los procedimientos que nuestra legislación contempla para obtener judicialmente el reconocimiento del derecho que invoca.
Opinión.

La construcción de ciudades republicanas, por Rafael Rodríguez.

Lo más importante de esta sentencia es que el TC ha ratificado que tanto la Constitución Política del Perú (artículo 73) como la Ley N° 26856 establecen que las playas del litoral son bienes de uso público, inalienables e imprescriptibles; y por ende, que en todos los balnearios y urbanizaciones colindantes a la playa, terrenos ribereños y similares bajo propiedad pública o privada debe existir por lo menos cada mil metros, una vía de acceso que permita el libre ingreso libre a las playas.

10 de enero de 2024
Recurso de protección acogido.

Vecino de Puerto Montt debe permitir el libre tránsito por camino privado y retirar portón eléctrico que impide el paso de otros particulares a sus predios.

La Corte de Puerto Montt ordenó al recurrido abstenerse de bloquear el libre tránsito de los recurrentes hacia sus parcelas, sin perjuicio de las acciones que en derecho le corresponden, decisión que fue confirmada por la Corte Suprema en alzada, al estimar la existencia de vías de hecho para imponer justicia por mano propia, y no utilizar las acciones que la ley reconoce al recurrido.

16 de diciembre de 2023
Recurso de protección acogido.

Cerrar camino utilizado por los vecinos aun cuando se encuentre situado dentro de un terreno privado, es arbitrario, resuelve la Corte de Chillán.

El recurrido alegó que dicho camino se había construido como servidumbre de tránsito únicamente para el traslado de él y sus hermanos, argumento que fue desestimado por la Corte, tras determinar que no podía obviarse el hecho de ser un camino utilizado hace años por los vecinos del sector.

23 de diciembre de 2022
Recurso de protección acogido.

Portón instalado por el municipio en una avenida de la comuna de Nogales que impedía el libre acceso a las casas de los vecinos, debe ser retirado por orden de la Corte de Valparaíso.

La instalación de un portón que impide el tránsito en la vía pública, cuyo fin es evitar la proliferación de un basural, constituye un acto de autotutela que resulta contrario a derecho, desde que transgrede la garantía contemplada en el artículo 19 N°3, inciso quinto, de la Constitución.

26 de agosto de 2022