La concesión de la licencia de armas es un acto discrecional de la autoridad, sin que sea su concesión un derecho preexistente. La discrecionalidad no es nunca arbitrariedad; y un criterio esencial de distinción entre ambas es la existencia o no de fundamentación de la decisión. El mero carácter discrecional de la potestad conferida a la autoridad no significa que ésta pueda adoptar cualquier decisión y que esta se encuentre legitimada, por el mero hecho de ser discrecional.
25 de agosto de 2023