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No basta la plasmación de otra hipótesis alternativa fáctica, hipótesis que el acusado no recoge en su recurso, para entender conculcado el derecho a la presunción de inocencia, como resulta de la propia jurisprudencia constitucional: sólo cabe considerar vulnerado el derecho a la presunción de inocencia en este ámbito de enjuiciamiento cuando la inferencia sea ilógica o tan abierta que en su seno quepa tal pluralidad de conclusiones alternativas.
17 de febrero de 2025