El acusado intentó recalificar el delito como robo en lugar no habitado, fundado en la ausencia de moradores en el inmueble debido a las reparaciones que se realizaban en el lugar, no obstante, el Tribunal Supremo sostuvo que la permanencia de personas en un predio no es un requisito para estimar que un lugar sea o no habitado, sino el destino y uso dado al bien raíz.
3 de diciembre de 2024