La mera existencia de una obligación matrimonial de este tipo es contraria a la libertad sexual, al derecho de disponer del propio cuerpo y a la obligación positiva de los Estados contratantes de prevenir la violencia doméstica y sexual. A juicio de este Tribunal, el consentimiento al matrimonio no implica el consentimiento a relaciones sexuales futuras.
Matrimonio
Para acreditar el cese de la convivencia en procedimientos de familia rige el principio de libertad de prueba y las partes pueden ofrecer los medios probatorios de que dispongan.
Compensación económica puede calcularse en base la duración del matrimonio o de la vida en común de los cónyuges.
Para acoger la demanda de compensación económica se debe acreditar el detrimento económico del cónyuge durante el matrimonio, resuelve la Corte de San Miguel.
Compensación económica no procede si no existió desequilibrio económico en las obligaciones y deberes de los cónyuges.
La cónyuge durante la vida en común desarrolló actividades remuneradas, lo que le permitió adquirir un inmueble que se encuentra totalmente pagado y que, además, percibe una renta vitalicia, a título de jubilación.
Matrimonio previo entre la demandada y el anterior dueño de un inmueble es un antecedente jurídico que justifica la ocupación.
La Corte Suprema estimó que el vínculo previo entre la demanda y el anterior dueño no puede ser desconocido por el demandante, en circunstancia que aquel sabía de la ocupación del inmueble, por ende, la mera tenencia acusada en su libelo no era sufrida ni clandestina.
Ley que prohíbe a homicidas condenados a cadena perpetua contraer matrimonio en prisión, se aprueba por el Parlamento del Reino Unido.
La normativa tiene como objetivo regular las circunstancias en las que los reclusos condenados a cadena perpetua pueden participar en eventos significativos como el matrimonio o la formación de una unión civil, considerando las implicaciones legales y sociales. Asimismo, busca preservar la confianza pública en el sistema de justicia.
Corresponde al sentenciador determinar prudencialmente el monto de la compensación económica ante falta de acuerdo de los cónyuges.
El quantum de la compensación no debe necesariamente ser equivalente a las capacidades o ingresos que el otro cónyuge obtuvo durante la vigencia del matrimonio, sino que debe analizarse desde el punto de vista de las aptitudes y potencialidades del cónyuge beneficiario.
Compensación económica. Criterios para determinar su quantum.
Para determinar la existencia del menoscabo económico y la cuantía de la compensación, se considerará especialmente, la duración del matrimonio y de la vida en común de los cónyuges, la situación patrimonial de ambos; la buena o mala fe; la edad y el estado de salud del cónyuge beneficiario; su situación en materia de beneficios previsionales y de salud; su cualificación profesional y posibilidades de acceso al mercado laboral y la colaboración que hubiere prestado a las actividades lucrativas del otro cónyuge
Negativa de autoridades de expedir visas de residencia a extranjeros no vulnera derechos constitucionales de sus cónyuges estadounidenses, resuelve la Corte Suprema de Estados Unidos.
La denegación de visas basada en 8 USC §1182(a)(3)(A)(ii) no requiere una revisión judicial ya que no infringe un derecho constitucional. Este razonamiento refuerza la doctrina de no revisabilidad consular, según la cual las decisiones de visa tomadas por el Departamento de Estado (sede administrativa) no están sujetas a revisión judicial.
Inmueble adquirido a título gratuito ingresa al haber propio del cónyuge adquirente, no al haber social de la sociedad conyugal.
Adquirió un bien inmueble por prescripción de acuerdo a las disposiciones del DL N° 2695 y que posteriormente vendió, pero al momento de inscribir la compraventa, el Conservador de Bienes Raíces rechazó la inscripción, sosteniendo que el vendedor se encontraba casado bajo el régimen de sociedad conyugal, circunstancia que importaría que el bien raíz sea considerado social y no del haber propio del cónyuge.
La Justicia pakistaní condenó a 80 latigazos a un hombre por acusar falsamente a su ex esposa de adulterio y no reconocer a su propia hija.
De ser confirmada la sentencia por el tribunal de apelación sería la primera en décadas que supondría aplicar un castigo físico.
¿Se debe indemnizar la promesa de matrimonio que se incumple?, por Verónica Guerrero.
Hay que tener en cuenta que nuestro Código (español) no habla de “justa causa” sino solo de “causa” (precisamente para respetar ese principio de “libertad matrimonial”). Y, obviamente, tales causas deberán ser fundamentadas y probadas ante el Tribunal competente que deba conocer del asunto, que será aquél que estará conociendo de la demanda interpuesta por la persona que solicita esa indemnización por incumplimiento de la promesa que se le hizo.
Medio de comunicación debe indemnizar a asistentes a un matrimonio por publicar una fotografía del evento sin su consentimiento en una nota periodística.
La mera aquiescencia para dejar fotografiarse, como parece desprenderse de la imagen adjunta con la demanda, no implica el consentimiento para publicar ese producto fotográfico. En efecto, captura fotográfica de la imagen y difusión no son conceptos asociados cuya admisión del primero por parte del titular del derecho implique naturalmente el segundo.