Se desestiman medidas cautelares interpuestas por un alcalde que solicitó el retiro y la no difusión de unas grabaciones reveladas sin su consentimiento.
El denunciante en su escrito no aporta el más mínimo indicio que permita afirmar en este momento procesal que los audios publicados tengan una procedencia ilícita, únicamente disponemos de la sospecha del denunciante de que las grabaciones, cuyo contenido no se discute, han sido obtenidos de forma ilegítima y una mera sospecha del perjudicado en absoluto es suficiente para poder fundar la adopción de una medida cautelar que supone la limitación un derecho fundamental como es el derecho a la información.