Conforme lo establecido en la Convención de Derechos del Niño, el Estado debe obligarse a garantizar con absoluta prioridad el ejercicio de los derechos de los niños y adolescentes con una tutela judicial efectiva en tiempo útil, más aun cuando la normativa vigente habilita al juez a imponer al alimentante incumplidor medidas razonables para asegurar la eficacia de la sentencia dictada.
2 de noviembre de 2023