En fallo dividido.
CS acogió recurso de casación y rechazó la salida de menor de 3 años para radicarse con su madre y familia materna en Guatemala perdiendo el contacto con el padre hasta que cumpla la mayoría de edad.
El máximo Tribunal consideró que no se demostró que el interés superior de la niña se encuentre debidamente resguardado, si se la priva del contacto con su familia paterna hasta, a lo menos, los 18 años.
8 de octubre de 2020