Para gozar de este derecho deberá acreditarse la condición mediante certificado médico una vez al año, de manera que en lo sucesivo, sólo deba dar aviso de su uso.
22 de mayo de 2023
Para gozar de este derecho deberá acreditarse la condición mediante certificado médico una vez al año, de manera que en lo sucesivo, sólo deba dar aviso de su uso.