La demora excesiva en que ha incurrido la Administración infringe el derecho a la igualdad ante la ley, desde el momento en que la ha existido una diferencia arbitraria en contra del recurrente en lo relacionado con la dilación injustificada del proceso sumarial seguido en su contra, de momento que no se ha observado el parámetro previsto por la ley, como regla de racionalidad aplicable a todo funcionario.
28 de enero de 2024