Migrantes

Confesaron sus delitos.

Tribunal español condena a dos hombres extranjeros por favorecer la inmigración ilegal.

No excediendo de seis años la pena pedida de común acuerdo por las partes y dada la conformidad prestada personalmente por los acusados, debe dictarse sin más trámite la sentencia procedente según la calificación mutuamente aceptada por las partes, toda vez que los hechos calificados son constitutivos de delito y la pena solicitada la correspondiente al mismo.

4 de marzo de 2024
Decisión adoptada en el marco de la solicitud de un migrante sirio.

Sentencias del Tribunal de Justicia de la Unión Europea pueden constituir una nueva circunstancia que amerite la reevaluación de una solicitud de asilo previamente rechazada.

Para que una sentencia del Tribunal de Justicia constituya una nueva circunstancia que justifique un reexamen completo, es necesario que dicha sentencia aumente significativamente la probabilidad de que el solicitante tenga derecho a ser beneficiario del estatuto de refugiado.

13 de febrero de 2024
Finalmente falleció.

TEDH condena a Grecia por la muerte de un migrante sirio que resultó herido en un incidente con guardacostas.

Teniendo en cuenta la naturaleza incierta del marco jurídico aplicable, y en particular el hecho de que la guardia costera aplicó reglas de enfrentamiento confidenciales y menos detalladas que la legislación pertinente en su lugar, el Estado demandado no cumplió con su obligación de establecer un marco legislativo adecuado que regule el uso de la fuerza potencialmente letal en el área de operaciones de vigilancia marítima.

6 de febrero de 2024
Sentencia revocada por Corte Suprema.

Persecución y sanción por el delito de ingreso clandestino al país por el Ministerio Público, no obsta a que la autoridad administrativa decrete la expulsión de quien hubiese ingresado por paso no habilitado al país.

Si bien es pública y notoria la permisividad con que se actúa en las fronteras chilenas, lo cierto es que tal situación fáctica no importa una autorización jurídica por parte de las autoridades, ni le priva a ella del ejercicio de sus facultades legales.

31 de enero de 2024
Recurso de protección rechazado por la Corte Suprema.

No procede impugnar en sede cautelar la decisión de no tramitar una solicitud de visa de responsabilidad democrática luego de dos años de notificado el acto impugnado.

El consulado de Chile en Venezuela rechazó la solicitud de la visa en noviembre de 2020, debido a la crisis y emergencia sanitaria que atravesaba la nación debido a la pandemia del Covid-19, no obstante, la afectada intentó revertir dicho acto mediante la interposición de un recurso de protección en el año 2022, acción que fue desestimada por extemporánea.

13 de enero de 2024
Recurso de protección acogido por Corte Suprema.

Demora de autoridad migratoria en resolver solicitud de permanencia definitiva contraviene principios de celeridad, conclusivo, de economía procedimental e inexcusabilidad, que regulan la actividad de la Administración.

La dilación debe ser calificada de ilegal y arbitraria porque vulnera la garantía de igualdad ante la ley, en tanto importa una discriminación en contra de la recurrente en relación con el trato dispensado a otros interesados que, en situación jurídica equivalente, han podido tramitar debidamente su solicitud.

12 de enero de 2024
Sentencia revocada por Corte Suprema con votos en contra.

Autoridad Migratoria debe emitir certificado de residencia definitiva en trámite, que habilite al extranjero para hacer reingreso al territorio nacional.

Extranjeros se encuentran habilitados para hacer egreso del territorio nacional, sin embargo, para el evento de querer reingresar al país requieren contar con un certificado de haber presentado la solicitud de permanencia definitiva en trámite, en los términos del artículo 38 inciso segundo de la Ley 21.325.

6 de enero de 2024
Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Obligación de informar y realizar entrevistas personales a los solicitantes de asilo es exigible a todos los Estados miembros que intervienen en el procedimiento de asilo, resuelve el TJUE

Las diferencias de opinión entre los Estados miembros en lo concerniente a la interpretación de los requisitos de la protección internacional no demuestran la existencia de deficiencias sistemáticas. Cada Estado miembro debe considerar, salvo en casos excepcionales, que los demás Estados miembros respetan el Derecho de la Unión y, muy especialmente, los derechos fundamentales reconocidos.

6 de diciembre de 2023