Acción de protección contra Ministerio de Justicia por dejar sin efecto el traslado a su país de ciudadano rumano que cumple condena en el CP de Rancagua, se acoge a trámite.
La resolución impugnada constituye un acto desprovisto de motivación racional, que no satisface el estándar de fundamentación exigido por los artículos 11 y 41 de la Ley Nº19.880.