![](https://www.diarioconstitucional.cl/wp-content/uploads/2024/06/Tragedia-Ferroviaria-en-San-Bernardo-Detenidos-Enfrentan-Arraigo-Nacional-y-Arresto-Domiciliario-Nocturno.png)
En la audiencia de formalización, el magistrado acogió las cautelares solicitadas por el Ministerio Público, por considerarlas adecuadas y proporcionales a los fines del procedimiento. Además, fijó en 150 días el plazo de investigación.
En la audiencia de formalización, el magistrado acogió las cautelares solicitadas por el Ministerio Público, por considerarlas adecuadas y proporcionales a los fines del procedimiento. Además, fijó en 150 días el plazo de investigación.
La iniciativa modifica la Ley Nº19.640, Orgánica Constitucional sobre el Ministerio Público, para entregarle al Fiscal Nacional la facultad exclusiva de solicitar la formalización de la investigación respecto de los Comandantes en Jefe del Ejército, de la Armada y de la Fuerza Aérea, del General Director de Carabineros, Director General de la Policía de Investigaciones, del Director de Gendarmería de Chile u otras autoridades que se desempeñen en cargos de similar naturaleza y que resulten imputados de un delito.
Regula la industria de la seguridad privada entendida como el conjunto de actividades o medidas de carácter preventivas, coadyuvantes y complementarias de la seguridad pública, destinadas a la protección de personas, bienes y procesos productivos.
El tribunal de alzada confirmó la resolución impugnada, dictada por el Juzgado de Garantía de Concepción, que no accedió a cambiar la medida cautelar que cumple el imputado desde el 30 de noviembre de 2023 y que fue revisada en audiencia del 11 de marzo pasado.
Para determinar la causa de muerte de la madre de la recurrente, un fiscal de Copiapó ordenó practicar una tercera autopsia sobre el cuerpo, la cual sería realizada por un forense privado bajo supervisión del SML, no obstante, el persecutor no indicó de forma específica si el recurrido debía prestar apoyo instrumental y profesional al galeno, o sólo limitarse a facilitar sus dependencias para realizar la diligencia; por lo tanto, la acción cautelar no puede prosperar.
La iniciativa fue aprobada en general por la Comisión de Constitución luego de una serie de audiencias con autoridades y asociaciones de funcionarios del citado organismo. Ahora está en la Comisión de Hacienda para ver aspectos financieros.
Según el ente persecutor, en horas de la mañana del 18 de febrero de 2024, debido a problemas afectivos, la imputada se dirigió a su domicilio, una mediagua de material ligero, cercano al cementerio de Traiguén. Lugar donde procedió a prenderle fuego a una frazada, provocando un incendio que consumió la totalidad del inmueble, se propagó por una ladera del cerro Chumay y afectó más de 50 hectáreas de pastizales.
Según explicó la magistrada del Juzgado de Garantía, el auto de apertura de la causa será remitido al Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de la ciudad, instancia que debería fijar la fecha del juicio oral dentro de los próximos 60 días.
En la audiencia de formalización, la magistrada acogió las medidas cautelares solicitadas por la Fiscalía, con la excepción del arresto domiciliario total, por considerarlas proporcionales y adecuadas a los fines del procedimiento. Además, fijó en tres meses el plazo de investigación.
a Segunda Sala del tribunal de alzada ratificó la resolución impugnada, dictada por el Juzgado de Garantía de Nueva Imperial, y rechazó la pretensión de la defensa de rebajar el régimen cautelar de Durán Pastor.
El beneficio contemplado en la Ley Nº20.948, establece una bonificación para aquellos funcionarios públicos que renuncien encontrándose en edad para jubilar, sin embargo, el Oficio Nº2900 del 2017 de la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, excluye a los fiscales adjuntos de aquel bono, no así al resto de funcionarios del ente persecutor que sí pueden acogerse al beneficio.