Fiscales adjuntos del Ministerio Público no están incluidos como beneficiarios del bono por renuncia anticipada.
El beneficio contemplado en la Ley Nº20.948, establece una bonificación para aquellos funcionarios públicos que renuncien encontrándose en edad para jubilar, sin embargo, el Oficio Nº2900 del 2017 de la Dirección de Presupuestos del Ministerio de Hacienda, excluye a los fiscales adjuntos de aquel bono, no así al resto de funcionarios del ente persecutor que sí pueden acogerse al beneficio.