Sanción impuesta a PIZZA HUT por la presunta presencia de cabellos en pizza se anula por organismo peruano: pelos se encontraban encima del producto y no en su interior.
Para configurar una infracción al deber de inocuidad de los alimentos, no necesariamente debe probarse la afectación particular por la ingesta de un alimento, sino que deberá determinarse el rasgo de nocividad que éste posee ante un potencial consumo por parte de un administrado.