Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago acogió reclamación judicial y rebajo en 50% las multas cursadas por la Inspección del Trabajo.
La reclamante fue sancionada con cinco multas ascendentes a 250 UTM.
La reclamante fue sancionada con cinco multas ascendentes a 250 UTM.
El Tribunal de alzada confirmó en todas sus partes la sentencia impugnada, dictada por el Primer Juzgado Civil de Santiago, que acogió la demanda y ordenó a la demandada recurrente pagar $15.793.680
El sistema de turnos de trabajo implementado por la reclamante posibilitó el distanciamiento social entre los trabajadores.
El tribunal a quo dejó sin efecto dos multas cursadas a la reclamante de 40 UTM cada una.
El Tribunal de alzada rechazó el recurso de apelación entablado por la concesionaria, tras establecer que la resolución sancionatoria del CNTV se encuentra ajustada a derecho.
El recurso de nulidad es un arbitrio de derecho estricto que requiere claridad y precisión en su fundamentación.
El proceso de fiscalización se realizó de forma remota.
Los recursos se dedujeron por la Inspección Provincial del Trabajo y el Sindicato de Trabajadores de Establecimiento INACAP-Arica.
Tampoco es posible concluir, que la postura que adopta la niña pueda calificarse de sumisión por su condición femenina pues puede también deberse a que reconocía que había intervenido indebidamente revelando un asunto privado al rival del personaje que la increpaba, afirma la sentencia.
Las sanciones prescritas en el artículo 188 de la Ley N°18.892 poseen un amplio margen de aplicación y permite establecer multas entre 50 a 3.000 UTM.