El quejoso fue condenado a pagar más de 100 millones de pesos en multas, por construir en un inmueble que no cuenta con permiso vigente de obra nueva. Pese a que inicialmente sí fue autorizado, posteriormente, la autoridad administrativa no reconoció aquel permiso por estimar que es ilegal construir en la zona donde se ubica el predio del denunciado.
Municipalidad de Pucón
Corte Suprema ordena a la Municipalidad de Pucón aprobar solicitud de obra nueva a empresa inmobiliaria.
Municipalidad de Pucón no puede terminar anticipadamente contrato de concesión de estacionamientos y cobrar garantía de fiel cumplimiento si no se le dio traslado al proveedor para defenderse.
Alcalde de Pucón no tiene facultades para solicitar la entrega de un inmueble subarrendado a pequeños comerciantes con auxilio de la fuerza pública.
Exigir que toda la documentación solicitada en el proceso licitatorio esté firmada por el oferente no es un requisito previsto en las Bases.
Una conclusión tal, atenta en contra del principio de la no formalización consagrado en el artículo 13 inciso 2° de la Ley N°19.880, que establece que el procedimiento debe desarrollarse con sencillez y eficacia, y contra el artículo 20 inciso final del Reglamento de la Ley N°19.886, que en lo pertinente deja establecido en lo referente a las condiciones de la licitación, que se “evitarán hacer exigencias meramente formales”.
Retiro de terrazas de restaurantes instaladas sobre veredas y calzadas en Pucón ordenada por el municipio, no es ilegal ni arbitraria.
Es necesario recuperar los espacios del bien nacional de uso público que transitoriamente se autorizó utilizar, tanto para tránsito peatonal, como vehicular, no apreciándose que este tenga un carácter de arbitrario.
Corte Suprema mantiene fallo que acogió tutela laboral de funcionario de la Municipalidad de Pucón al que se le exige hacer entrega del cargo de jefatura que ejercía y se disminuye su remuneración.
El máximo Tribunal descartó error jurisprudencial en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Temuco, que confirmó la de primer grado que rechazó la caducidad de la acción.
CS declara inadmisible recurso de casación y confirma fallo que ordenó restitución de terreno municipal.
El máximo Tribunal estableció que el recurso no puede prosperar por estar mal planteado.