Respecto de la existencia de eventuales ilícitos que se cometerían en la Plaza Copiapó, ningún reproche puede imputársele a la recurrida desde que la función de investigación y persecución de ellos, según lo dispone la Constitución, se ha otorgado en forma exclusiva y excluyente al Ministerio Público.
Municipalidad de Santiago
No renovar la patente de alcoholes a establecimiento en el que funcionan máquinas tragamonedas no autorizadas, se ajusta a derecho.
No corresponde que en la entrega de beneficios por el municipio se divulguen imágenes, el nombre o frases de la alcaldesa y del concejo municipal.
Recurso de protección de grupo de residentes afectados por ruidos molestos provenientes de iglesia evangélica se acoge a trámite por Corte de Santiago.
Recurso de amparo económico interpuesto por un grupo de PYMES en contra de Municipalidad de Santiago por no otorgar patentes comerciales, se acoge a trámite por la Corte de Santiago.
Los recurrentes sostienen que la actuación del municipio genera una diferencia arbitraria en perjuicio de los locatarios comerciantes del lugar, que implica una prohibición total de ejercer una actividad económica lícita. Además, la medida adoptada carece de proporcionalidad, y afecta en la esencia derechos asegurados por la Constitución.
Multa aplicada a Instituto Nacional por informar un número menor de matrícula se deja sin efecto por encontrarse justificada en una explicación razonable y documentada.
La sanción aplicada ha quedado desprovista de la debida razonabilidad que debe guardar con el ilícito administrativo que le sirve de sustento, toda vez que, entre ambos, infracción y castigo, debe existir la debida congruencia y armonía, sustentado en una conducta que transgreda la normativa vigente.
Municipalidad de Santiago debe reincorporar a asistente de la educación por no justificar su despido.
Existe una contradicción entre la causal invocada para poner término a la relación laboral de la recurrente y la realidad del plantel al que pertenecía de acuerdo a los antecedentes del PADEM.
Municipalidad de Santiago no puede excusarse en el estallido social y la pandemia del Covid-19 para justificar la falta de fiscalización en el barrio San Borja.
La magistratura estimó que, sin perjuicio de las acciones administrativas el municipio no puede excusarse de brindar soluciones a los vecinos que acusan vulnerado el derecho a la vida e integridad psíquica, debido a la falta de fiscalización al aumento del comercio ambulante, instalación de carpas de personas en situación de calle, deterioro de los espacios público y un notable aumento en los índices de inseguridad de la zona; le ordenó coordinarse con las autoridades respectivas para implementar paulatinamente programas de control y recuperación del barrio.
Norma que establece que tendrá mérito ejecutivo el certificado que acredite la deuda de derechos municipales emitido por el secretario municipal, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
El requirente alega que las normas legales objetadas infringen la igualdad ante la ley, el derecho a un racional y justo procedimiento, el derecho de propiedad y el principio de seguridad jurídica, desde que permite que el acreedor genere unilateralmente y sin la intervención del demandado títulos ejecutivos respecto de obligaciones que no existen, adicionando, intereses desproporcionados.
Municipalidad de Santiago y Delegación Presidencial Metropolitana deben dar solución a vecinos de un barrio de Santiago por la masiva llegada de indigentes en el Parque Portales.
Los vecinos del sector acusan que el municipio los ha abandonado, ante el notable incremento en los asaltos, riñas y tráfico de drogas en el sector, producto de la masiva instalación de personas en situación de calle en el Parque, lo que impide que aquel sea utilizado para otras actividades, y que actualmente es un punto crítico delictual dentro de la comuna de Santiago.
Corte de Santiago ordena fiscalizar y sancionar el comercio ambulante y condiciones de higiene en el barrio Meiggs.
La Quinta Sala del Tribunal de alzada consideró que hubo actuar ilegal y que afecta el derecho de propiedad de los comerciantes establecidos del barrio.
Segundo Tribunal Ambiental ordenó al SEA admitir a trámite y resolver reclamo de la Municipalidad de Santiago en contra de la aprobación de la “Línea 7 Metro de Santiago”.
En el fallo, el Tribunal consolida el criterio que ha venido desarrollando en sus últimas sentencias respecto del interés de las municipalidades en los procedimientos de evaluación ambiental de un proyecto y su legitimación para impugnar la resolución de calificación ambiental (RCA) de algún proyecto o iniciativa emplazado o con influencia en su territorio.
Tasaciones de Ex Clínica Sierra Bella no eran los únicos antecedentes que debía considerar la Municipalidad de Santiago para su adquisición, concluye la Contraloría.
Debió considerar otros datos recabados en el estudio de título (oferta exorbitante de la vendedora en comparación al precio pagado con anterioridad). La Contraloría detectó errores en las tasaciones y concluye que el municipio infringió la instrucción que le impartió de no intentar concretar la compraventa.
No resulta procedente que en ejercicio de sus funciones en materia de salud la Municipalidad de Santiago otorgue prestaciones que exceden de aquellas propias de la atención primaria.
Existe una política pública ministerial por lo que la entidad edilicia deberá adoptar las medidas que resulten pertinentes para que sus actuaciones se ajusten a derecho. No corresponde destinar recursos municipales en el desarrollo de labores ajenas a las que la ley le autoriza ejecutar.