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Resolvió que la sanción impuesta en las condiciones analizadas, es decir, respecto de conductas cuya acción administrativa se encontraba prescrita, configura una actuación ilegal y conculca la garantía constitucional de la igualdad ante la ley que asiste al interesado, al haber sido gravado con la medida de destitución que no resulta aplicable a otros funcionarios que, puestos en igual posición, han recibido el trato estrictamente determinado por la ley, en obediencia al principio de legalidad que rige la actuación de la Administración.
11 de diciembre de 2024