Corte de Valparaíso desestimó recurso de protección deducido contra la Municipalidad de Viña del Mar por no renovar un permiso de circulación.
Los documentos eran falsos.
Los documentos eran falsos.
La actora alegó que el decreto que reduce el plazo de su contratación atenta contra los 9 años que ha desempeñado su cargo, en base a los cuales generó la confianza legítima de que esta situación se mantendría en el futuro.
El Máximo tribunal coincidió con la decisión adoptada en la sentencia impugnada.
La recurrida actuó al margen de su competencia e invadió aquella que es propia de aquel órgano que debe controlar la legalidad de sus actuaciones.
La denunciada puso término anticipado a la contrata de la actora quien denunció vulneración de su derecho de igualdad ante la ley.
El máximo Tribunal descartó infracción de ley en la sentencia impugnada, dictada por la Corte de Apelaciones de Valparaíso, que confirmó la de primer grado que estableció que las demandadas no están obligadas a terminar la construcción del ducto al no estar resuelto el libre paso que comprometió el municipio.
El acto priva al recurrente del legítimo ejercicio a su derecho a la integridad psíquica, a la igualdad ante la ley y a la propiedad.
La Municipalidad había iniciado el proceso de caducidad de la patente por no pago, pero la trabajadora celebró un convenio.
La relación contractual de los actores se regía por el Estatuto de Atención Primaria de Salud.
La recurrida rechazó la solicitud de renovación sin considerar que la falta de actividad comercial del supermercado no es un hecho imputable a la recurrente, ya que deriva de actos de fuerza mayor que han devenido en la imposibilidad para ejercer su giro.