Tal diferencia de trato, prohibida por el Derecho de la Unión, no puede justificarse por razones basadas en el respeto de la identidad nacional. En efecto, el Derecho de la Unión no exige que los Estados miembros tengan que reconocer a los ciudadanos de la Unión en cuestión el derecho de sufragio activo y pasivo en las elecciones nacionales ni tampoco les prohíbe limitar el papel de esos ciudadanos en un partido político en el contexto de dichas elecciones.
Nacionalidad
Corte Suprema evacua informe sobre proyecto que modifica Ley de Migraciones y Extranjería.
Tribunal japonés confirma la constitucionalidad de la ley que prohíbe la doble nacionalidad.
Servicio Nacional de Migraciones debe pronunciarse en el plazo de 60 días respecto de una solicitud de nacionalidad ingresada en el año 2020.
Corte Suprema emite informe sobre proyecto de ley que moderniza la regulación del lobby y las gestiones de intereses particulares ante las autoridades y funcionarios.
El proyecto de ley tiene por finalidad modernizar la regulación del lobby y las gestiones que representen intereses particulares ante las autoridades, funcionarias y funcionarios, mediante el establecimiento de un marco moderno, claro y consistente que dote de mayor transparencia e integridad a las actividades de influencia en la toma de decisiones
Contraviene el Derecho de la Unión negativa de los Estados miembros a expedir documentos de viaje a sus nacionales por el solo hecho de residir en otro Estado miembro, resuelve el TJUE.
El Derecho de la Unión no obliga a los Estados miembros a expedir a sus nacionales dos documentos con valor de documentos de viaje. Sin embargo, no les permite tratar de manera menos favorable a aquellos que han ejercido su derecho de libre circulación y residencia dentro de la Unión, sin que medie una justificación basada en consideraciones objetivas de interés general.
Parlamento de Francia aprueba nueva ley de inmigración que es más estricta que la anterior.
La legislación establece una distinción entre los extranjeros que se encuentran «en situación de empleo» y aquellos que no, con consecuencias directas sobre las prestaciones sociales que pueden recibir y el tiempo de espera para acceder a ellas.
Tribunal Supremo de Japón ratifica la prohibición de la doble nacionalidad.
El fallo apelado consideró que la doble nacionalidad implicaría la existencia de un posible conflicto entre los derechos y obligaciones de los Estados y los derechos y obligaciones entre estos y los individuos. Debido a las amplias consecuencias en áreas como la tributaria y la protección consular, concluyó que tal sistema podría impedir las relaciones funcionales entre naciones e individuos.
Negativa del Servicio de Registro Civil a inscribir el nacimiento del abuelo del peticionario nacido en 1915 se confirma por la Corte Suprema.
El nieto sostuvo que su abuelo -que falleció en 2007- cuenta con inscripción del certificado bautismal por lo que se le puede reconocer la nacionalidad chilena de forma póstuma, no obstante, la magistratura desestimó la inscripción por falta de acreditación de los vínculos nacionales de su ascendiente, que emigró siendo niño a Perú con su familia y nunca se mostró interesado en volver a Chile, o vincularse mayormente con el país.
Resolución que negó la nacionalidad española a ciudadano ruso por realizar espionaje y mantener nexos con los servicios de inteligencia de su país, se ajusta a derecho.
El requisito de la buena conducta cívica se integra con el interés público conforme a unos criterios, preferentemente políticos, siendo exigible al sujeto solicitante, a consecuencia del «plus» que contiene el acto de su otorgamiento enmarcable dentro de los «actos favorables al administrado», un comportamiento o conducta que ni siquiera por vía indiciaria pudiera cuestionar el concepto de bondad que el precepto salvaguarda.
Audiencia Nacional de Madrid resuelve que el otorgamiento de la nacionalidad española por residencia no es un derecho del solicitante
Este debe acreditar que comparte los valores, las costumbres y principios de la sociedad española.
CS acoge reclamo de nacionalidad. El actor no puede ser calificado como hijo de extranjero transeúnte, atendido el ánimo de permanecer y residir en el país manifestado por su madre.
El criterio administrativo para distinguir a extranjeros transeúntes de los que no lo son, ha sido modificado, dejándose de considerar la permanencia continuada igual o superior a un año y prefiriéndose, como elemento principal, el de la residencia.
Corte Constitucional ampara el derecho a la nacionalidad de una menor nacida en Colombia
El padre de la menor –ciudadano extranjero– aceptó un empleo fijo con contrato indefinido en Colombia, que es una de las hipótesis previstas en el Código Civil para establecer la presunción del ánimo de permanencia.