Lesiones sufridas durante la práctica de un deporte pueden ser reputadas como caso fortuito por los riesgos inherentes a esta actividad, resuelve un tribunal argentino.
El deporte suele implicar una actividad fundamentalmente física, con finalidad recreativa o competitiva. Por eso los deportistas deben asumir las lesiones que sean consecuencia de una acción permitida por las normas que rigen el deporte del que se trata y también aquellas otras que, aunque constituyen infracciones, son inherentes al deporte debido al ímpetu de los participantes en su desarrollo.