La Corte Suprema estimó que no puede otorgarse indemnización de perjuicios por daño moral a los nietos del fallecido, pues aquellos no habían nacido al momento del crimen contra su abuelo, por lo que no existe nexo causal entre la pérdida de su pariente y la reparación que pretendían por parte del Estado.
10 de noviembre de 2024