La requirente alega que de aplicarse el precepto legal impugnado para resolver el recurso de amparo se vulneraran los artículos 1, 5 y 19 N°s 3, 7 y 26 de la Carta Fundamental, así como también el artículo XXV inciso 2° de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre de 1948, y el artículo 7.7 del Pacto de San José, disposiciones estas últimas que se refieren que nadie puede ser detenido por deudas.
17 de octubre de 2024