No es posible soslayar que la solicitud de cambio de local efectuada por la corporación educacional a la secretaría ministerial llevaba más de dos años en tramitación, sin ser resuelta al momento de formularse los cargos por la Superintendencia de Educación.
Normativa Educacional
No procede sancionar con la cancelación de matrícula a estudiante autista sin atender a la normativa de educación inclusiva.
Para privar de la calidad de apoderada el establecimiento educacional debe iniciar la investigación que prevé el Reglamento Interno.
No procede rebajar la multa impuesta por la Superintendencia de Educación a un establecimiento educacional administrado por la Municipalidad de Pichilimu, al no haberse constatado las ilegalidades reclamadas.
Superintendencia de Educación informa sobre las prácticas profesionales de estudiantes de educación técnico profesional.
Sostenedores de establecimientos técnico profesional son responsables del resguardo de la integridad de los alumnos que realizan este proceso necesario para la obtención del título de técnico nivel medio.
Constatada la infracción en el Reglamento Interno de JUNJI, aplicable a todos sus jardines infantiles, se debió aplicar una sola multa.
El Reglamento fiscalizado es de carácter general para todos sus establecimientos. De este modo, resulta improcedente que la Superintendencia de Educación sancione a JUNJI por cada uno de los establecimientos fiscalizados.
Expulsión de estudiante por porte de un arma deviene en ilegal al comprobarse que se trataba de una pistola de juguete.
Sin mayores explicaciones, ni menos investigación, la falta gravísima de portar armas en la escuela devino en que el arma no era tal, sino que se trataba de una pistola de juguete, lo que hace variar la naturaleza de la falta.
Reintegro de montos percibidos por subvención educacional, no es ilegal, es consecuencia del proceso de reliquidación.fruto de ajustes de asistencias de alumnos.
La Seremi de Educación cumple con el deber de resguardar el patrimonio fiscal al solicitar el reintegro.
Sanción impuesta por la Superintendencia de Educación es excesiva y no reviste fundamento suficiente en relación a los hechos acreditados.
La reclamada ha efectuado una calificación jurídica improcedente de los hechos, al sostener que hay incumplimiento del colegio por no haber concurrido la totalidad del personal a una capacitación sobre convivencia escolar.
Caducar la calidad de apoderada a la madre sin abrir previamente la investigación que prevé el Reglamento Interno del establecimiento educacional, es ilegal.
La decisión que motiva la sanción a la apoderada se adoptó con anterioridad al inicio de la investigación.
Colegio particular debe matricular a estudiante cuya familia mantiene deudas por mensualidades y matrícula
La actuación del colegio es arbitraría y vulnera los derechos fundamentales de la estudiante, en tanto impide que curse su último año de educación media con el pretexto de mantener deuda por los años anteriores
Se autoriza el uso de recursos de la subvención escolar preferencial (SEP), para financiar medidas de sanitización y prevención de contagios durante el año escolar 2023.
Dada la continuidad y regularidad con que continuarán las clases durante el año 2023, se estableció que los establecimientos escolares deben ajustar tempranamente su plan de mejoramiento educativo, y planificar el uso de sus recursos.
Ley Nº21.544 que modifica y complementa diversas normativas educacionales, fue publicada en el Diario Oficial.
Aborda materias relacionados a la educación pública, a aspectos laborales de los trabajadores de la educación, a la retención de subvenciones, a la educación superior e inclusión en establecimientos particulares pagados.
Municipalidad de Santiago es multada con 51 UTM tras constarse deficiencias en las instalaciones eléctricas y de infraestructura en el Liceo Javiera Carrera.
Denuncia por deficiencias en infraestructura originó una fiscalización y multa para el establecimiento por incumplimiento de la normativa educacional, la que fue confirmada en las instancias judiciales.