De lo contrario se hace imposible entrar al estudio del recurso, por cuanto ello importaría dejar a la discrecionalidad de la Corte la determinación del error de derecho en que pudiere incurrir la sentencia.
Nuevos hechos
No procede invocar nuevos hechos diferentes a los asentados por los jueces de instancia en sede un recurso de casación en el fondo, resuelve la Corte Suprema.
El Tribunal no puede recalificar los hechos durante el juicio oral, sin otorgar a los intervinientes la posibilidad de contraexaminar la prueba rendida.
Requerimiento en procedimiento simplificado se puede efectuar en la audiencia de control de la detención, sustituyendo incluso a la formalización, por ello no exige un ofrecimiento de los elementos de convicción tan exhaustivo y pormenorizado, como ocurre con la acusación.
No procede alegar infracción a las normas reguladoras de la prueba sobre la base de hechos no reconocidos por el tribunal, resuelve la Corte Suprema.
El demandante no pudo acreditar su dominio respecto del inmueble que pretendía reivindicar, acusando una errada valoración de las pruebas. Para el máximo Tribunal, tal reclamo se condice con una disconformidad con el resultado del juicio, y no con errores de derecho que persigue el recurso de nulidad sustancial.
Actora debe restituir el inmueble al no acreditar que posee un justo título de tenencia basada en la convivencia previa, y también por existir una comunidad de bienes, resuelve la Corte Suprema.
La recurrente construyó su argumento de nulidad sobre la base de nuevos hechos que desconocen aquellos asentados por el tribunal, por lo que el arbitrio fue desestimado y la actora debe restituir el inmueble reclamado, al no poder acreditar título o antecedente que justifique la ocupación.
No procede fundar un recurso de casación en el fondo en postulados que no fueron planteados en la oportunidad procesal pertinente.
El demandado no contestó la demanda de precario y sólo en la apelación indicó que era el anterior dueño del inmueble, argumento que reiteró en su libelo de nulidad sustancial, acto que el máximo Tribunal estimó como un intento de modificar los hechos asentados en la causa.
En el recurso de casación no procede incorporar una alegación y un petitorio nuevo no planteados en la etapa de discusión, porque priva a la contraria de la posibilidad de discutir su pertinencia, en contravención a la bilateralidad de la audiencia.
Tal contradicción en la petición del recurrente constituye un intento de establecer nuevos hechos a los ya asentados en el juicio.
El recurso de casación en el fondo no puede fundarse en la inobservancia de una norma que no fue materia de discusión en el proceso.
Recurrente pretendía reivindicar una porción de un inmueble sobre el cual posee derechos, para ello, acusó la infracción del artículo 892 del Código Civil, el cual no fue invocado en la demanda.