El demandante pidió en su demanda principal que se declarara inexistente un contrato de sociedad, y en subsidio, solicitó la nulidad relativa de algunas de sus cláusulas, o la nulidad absoluta del acto; decisión a la que finalmente arribó la Corte de San Miguel luego de invalidar el fallo de base, y en sentencia de reemplazo declarar nulo el contrato.
30 de octubre de 2022