El requirente alega que la norma legal objetada infringe la igualdad ante la ley, el derecho a un proceso racional y justo, y el principio de seguridad jurídica, desde que a pesar de haberse cometido errores manifiestos en la liquidación y, con ello, dar lugar a un enriquecimiento sin causa, no puede objetar la liquidación del crédito ni apelar la resolución.
5 de diciembre de 2023