Obtención maliciosa de la calidad de poseedor regular

Delito de obtención maliciosa de la calidad de poseedor regular no exige de una sentencia civil que reconozca la calidad de poseedor regular. Basta obtener maliciosamente dicha calidad faltando a la verdad ante la autoridad administrativa.

Para dar inicio al procedimiento administrativo, el querellado presentó al Ministerio de Bienes Nacionales documentos en los que faltó a la verdad en los hechos sustanciales, concretamente, la declaración bajo juramento, suscrita ante notario, de ser el poseedor material del bien raíz, en circunstancias que no lo era.

30 de diciembre de 2024