![](https://www.diarioconstitucional.cl/wp-content/uploads/2022/11/infogate-2.jpg)
Los reglamentos son los encargados –en la estructura decreciente del ordenamiento jurídico- de pormenorizar y contextualizar las leyes. Por lo que un Subsecretario no puede inmiscuirse a través de una resolución en la potestad reglamentaria del Presidente de la República.
1 de diciembre de 2022