Pagaré

Recurso de casación en el fondo acogido.

Como la demanda fue interpuesta antes de la entrada en vigor del estado de excepción constitucional de catástrofe no se aplica la suspensión de plazos que contempla la Ley N°21.226.

La demanda ejecutiva fue notificada en abril de 2021, pero fue presentada en diciembre de 2019, por lo que los jueces de fondo no debieron aplicar el artículo 8 de la Ley N°21.226 para rechazar la excepción de prescripción de la acción cambiaria y ordenar seguir adelante con la ejecución.

13 de octubre de 2022