Quienes se encuentren haciendo uso de su descanso maternal en la época en que les corresponda gozar del feriado, pueden ejercer este derecho en una época distinta a la interrupción de clases, por un plazo máximo de 15 días con posterioridad a los permisos maternales siempre que no se afecte la continuidad del servicio.
3 de octubre de 2022