Patente de alcoholes


Decreto alcaldicio que denegó renovación de patente de alcoholes prescindiendo de la consulta obligatoria a la junta de vecinos, es ilegal al infringir Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.

24 de diciembre de 2024
Consideró que el acto administrativo es ilegal al no haberse consultado a la junta de vecinos, como lo exige la ley para la caducidad o renovación de patentes de alcoholes, además de no haberse acreditado infracciones por ruidos molestos ni infracciones a la Ley 19.925.

Decreto alcaldicio que negó renovación de patentes de alcoholes en base a información desactualizada se deja sin efecto al no encontrarse debidamente fundamentado.

12 de diciembre de 2024
Resolvió que los sentenciadores, al razonar que la no renovación de las patentes de la actora se ajusta a derecho, basado en antecedentes que no obedecen a la realidad actual, se apartaron de la recta aplicación del artículo 41 de la Ley N°19.880, que establece el deber de fundamentación de los actos administrativos.
Patente de alcoholes.

Recurso de protección no es la vía adecuada para impugnar la decisión de no renovar la patente de alcoholes, resuelve la Corte de Santiago.

Señaló que el recurso de protección no debe ser utilizado como un medio para sustituir otros mecanismos legales establecidos para resolver conflictos, y que la Ley N°18.695 contempla un procedimiento especial de reclamación contra actos municipales, siendo esta la vía idónea para abordar las disputas relacionadas con la patente de alcoholes.

26 de octubre de 2024
Recurso de protección rechazado en alzada.

Negativa a renovar patente de alcoholes a supermercado que cuya área de bebidas alcohólicas supera el 10% del espacio destinado a la venta de comestibles, se ajusta a la legalidad.

La Ley N°19.925 establece que los supermercados con patente de alcoholes deben contar con una superficie mínima de 100 metros cuadrados de sala de venta, al menos 2 cajas pagadoras y que el área destinada a bebidas alcohólicas no puede superar el 10% del espacio dedicado a la venta de comestibles y abarrotes.

9 de octubre de 2024
Recurso de protección acogido en alzada.

Municipalidad de Curacaví debe renovar patente de alcoholes a discoteca por falta de fundamentación y motivación de la resolución que dispuso no renovarla.

El máximo Tribunal consideró que en el decreto exento que no renovó la patente de alcoholes únicamente figuran antecedentes normativos, jurisprudenciales y descriptivos, seguidos por una consideración genérica, que no permite aclarar los motivos específicos que determinan la decisión de no renovar la patente de alcoholes del actor.

8 de agosto de 2024
Recurso de protección acogido por el máximo Tribunal.

Municipalidad de Santiago debe renovar patente de alcoholes de un local ubicado en el barrio Yungay.

El municipio no fundamentó adecuadamente la resolución que dispuso la no renovación de la patente, al hacer responsable a la recurrente por los “delitos e incivilidades”, “vehículos mal estacionados”, y “robos con violencia” acusados en el sector; todas estas situaciones ajenas al funcionamiento del comercio y que fueron esgrimidas para discriminar arbitrariamente a la actora.

31 de mayo de 2024
Motivos de seguridad expuestos por junta de vecinos.

Negativa de la Municipalidad de La Serena para otorgar patente de alcoholes se confirma por la Corte Suprema.

La recurrente solicitó la patente, no obstante, la junta de vecinos del sector manifestó que en el lugar existían ya cinco locales más de venta de alcoholes, lo que en el último tiempo devino en un aumento en la inseguridad de la población; por lo tanto, el municipio fundó su rechazo en la pormenorizada información otorgada por los vecinos, decisión que fue ratificada por la magistratura.

5 de abril de 2024
Reclamo de ilegalidad municipal acogido.

No renovación de patente de alcoholes a local nocturno en base a un informe que no demuestra hechos negativos atribuibles al establecimiento, es ilegal, resuelve la Corte de Santiago.

El Concejo Municipal tuvo presente, para rechazar la renovación, un informe de la DIPRESEC que daba cuenta de hechos delictivos en un tiempo de 5 años atrás, cuando lo que correspondía era evaluar sólo el año precedente a la solicitud de renovación.

28 de diciembre de 2022