Descartó el actuar arbitrario o ilegal del municipio, y sostuvo que la acción de protección no es el medio idóneo para discutir los hechos controvertidos, los cuales deben ser resueltos a través del procedimiento correspondiente.
Patente de alcoholes
Decreto alcaldicio que denegó renovación de patente de alcoholes prescindiendo de la consulta obligatoria a la junta de vecinos, es ilegal al infringir Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades.
Decreto alcaldicio que negó renovación de patentes de alcoholes en base a información desactualizada se deja sin efecto al no encontrarse debidamente fundamentado.
Decisión de no renovar patente de alcoholes a local que funcionaba como perfumería se ajusta a derecho y no vulnera libertad económica.
Recurso de protección no es la vía adecuada para impugnar la decisión de no renovar la patente de alcoholes, resuelve la Corte de Santiago.
Señaló que el recurso de protección no debe ser utilizado como un medio para sustituir otros mecanismos legales establecidos para resolver conflictos, y que la Ley N°18.695 contempla un procedimiento especial de reclamación contra actos municipales, siendo esta la vía idónea para abordar las disputas relacionadas con la patente de alcoholes.
Negativa a renovar patente de alcoholes a supermercado que cuya área de bebidas alcohólicas supera el 10% del espacio destinado a la venta de comestibles, se ajusta a la legalidad.
La Ley N°19.925 establece que los supermercados con patente de alcoholes deben contar con una superficie mínima de 100 metros cuadrados de sala de venta, al menos 2 cajas pagadoras y que el área destinada a bebidas alcohólicas no puede superar el 10% del espacio dedicado a la venta de comestibles y abarrotes.
Municipalidad de Curacaví debe renovar patente de alcoholes a discoteca por falta de fundamentación y motivación de la resolución que dispuso no renovarla.
El máximo Tribunal consideró que en el decreto exento que no renovó la patente de alcoholes únicamente figuran antecedentes normativos, jurisprudenciales y descriptivos, seguidos por una consideración genérica, que no permite aclarar los motivos específicos que determinan la decisión de no renovar la patente de alcoholes del actor.
Municipalidad de Santiago debe renovar patente de alcoholes de un local ubicado en el barrio Yungay.
El municipio no fundamentó adecuadamente la resolución que dispuso la no renovación de la patente, al hacer responsable a la recurrente por los “delitos e incivilidades”, “vehículos mal estacionados”, y “robos con violencia” acusados en el sector; todas estas situaciones ajenas al funcionamiento del comercio y que fueron esgrimidas para discriminar arbitrariamente a la actora.
Negativa de la Municipalidad de La Serena para otorgar patente de alcoholes se confirma por la Corte Suprema.
La recurrente solicitó la patente, no obstante, la junta de vecinos del sector manifestó que en el lugar existían ya cinco locales más de venta de alcoholes, lo que en el último tiempo devino en un aumento en la inseguridad de la población; por lo tanto, el municipio fundó su rechazo en la pormenorizada información otorgada por los vecinos, decisión que fue ratificada por la magistratura.
Corte de Santiago anula cancelación de patente de alcoholes de baños turcos.
La Séptima Sala del tribunal de alzada estableció el actuar arbitrario de la Municipalidad de Santiago, por lo que ordenó continuar con el procedimiento de renovación de la patente del establecimiento ubicado en la calle Miraflores.
Negativa a otorgar patente de alcoholes debe reconsiderarse si cambiaron las circunstancias que la motivaron.
Si a menos de 100 metros de distancia del lugar en el que se pretende instalar un local de expendio de alcohol no se ubica un establecimiento educacional, debe concederse la patente de alcoholes, si se cumplen los demás requisitos.
Negativa a renovar patente de alcoholes a botillería por motivos de seguridad pública es arbitraria e ilegal, resuelve la Corte Suprema.
El Decreto Alcaldicio hace mención a informes policiales y vecinales que aluden de forma genérica a ilícitos cometidos en el sector que son considerados insuficientes para fundamentar la medida.
Negativa de municipio para renovar patente de alcoholes es ilegal y vulnera el derecho a ejercer una actividad económica lícita y la igualdad ante la ley, resuelve la Corte de Valparaíso.
Municipalidad infringió el deber de motivación suficiente, objetiva y comprobable para satisfacer el estándar de fundamentación requerido en los artículos 11 y 41 de la Ley Nº 19.880.
No renovación de patente de alcoholes a local nocturno en base a un informe que no demuestra hechos negativos atribuibles al establecimiento, es ilegal, resuelve la Corte de Santiago.
El Concejo Municipal tuvo presente, para rechazar la renovación, un informe de la DIPRESEC que daba cuenta de hechos delictivos en un tiempo de 5 años atrás, cuando lo que correspondía era evaluar sólo el año precedente a la solicitud de renovación.