Corresponde a la Comisión de Salud de la PDI, previa evaluación de la CONPIN, la declaración de salud incompatible de su personal.
No obstante, si la Comisión de Salud institucional concluye que la salud del funcionario es apta para que continúe en servicio, el Director General de la PDI, si así lo estima, podrá declarar la salud incompatible de ese servidor, no obstante que la COMPIN haya antes opinado que su salud es irrecuperable.